Las actas de sesiones son los documentos más representativos de la gestión y administración del ayuntamiento; una fuente de información valiosa sobre distintos aspectos de la vida en la localidad ya que en ellas se recogen las decisiones y actuaciones tomadas por la corporación municipal.
La periodicidad de las sesiones es aproximadamente una al mes para las sesiones ordinarias, siendo habitual celebrar sesiones extraordinarias para la toma de decisiones sobre algunos aspectos concretos (aprobación presupuestos, celebración de fiestas, etc).
Las actas tienen una estructura uniforme con un encabezamiento que contiene la data crónica y la data tópica del lugar donde se celebra la sesión. Seguidamente, se despliega el cuerpo del acta, que es la parte más extensa, y es la que recoge todos los acuerdos y disposiciones para concluir con las firmas y rúbricas de los miembros de la corporación asistentes a la sesión, así como la del secretario o secretaria responsable de la redacción del acta.
Añorbe
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Contiene las actas de las sesiones celebradas por la Junta Local de Primera Enseñanza, órgano que asesoraba al ayuntamiento en materia de política educativa local.
Ayuntamiento de AñorbeAutoridad que dirige, controla y administra la institución del Ayuntamiento de Añorbe. Es el órgano encargado de la conducción política y administrativa. El gobierno municipal lo ejerce la alcaldía, como máxima autoridad municipal, y el pleno, formado por la alcaldía y los concejales y concejalas, complementados por otros órganos de gobierno.
Ayuntamiento de AñorbeTras la reforma de la Casa Consistorial en el año 2025, el archivo municipal del Ayuntamiento de Añorbe se ha instalado en una dependencia del primer piso del edificio, ubicado en la plaza de la localidad.
La última organización del fondo documental data de 2021, año en el que se procedió a ordenar la documentación existente en el archivo, según el cuadro de clasificación establecido por el Gobierno de Navarra, y a la configuración de una base de datos informática. En ese año también se acometió el proyecto de digitalización de parte de la documentación, como es la concerniente a las actas de sesiones.
La documentación contenida en el archivo municipal está organizada en 327 cajas, 18 carpetas y 90 libros, además de varias carpetas. El cuadro de clasificación con los documentos existentes está disponible tanto online como en las oficinas del ayuntamiento.
Previa a esta última intervención, el archivo municipal había sido organizado en el año 1991, cuando se procedió a ordenar la documentación, según la estructura establecida en el cuadro de clasificación vigente, y a guardarla en cajas y carpetas siguiendo un orden cronológico. Esta organización quedó reflejada en dos inventarios en papel: uno de los documentos del archivo municipal y otro de los del Juzgado de Paz.
El documento más antiguo que se conserva en el archivo municipal son unas ordenanzas que datan de 1585.
Esta división reúne la documentación generada o recibida por el ayuntamiento en el ejercicio de sus funciones relacionadas con la organización y supervisión de la enseñanza en el ámbito local. Comprende documentos relativos a las juntas y consejos locales de educación y al colegio público de la localidad.
Ayuntamiento de AñorbeActualmente está representado por la corporación municipal, integrada por la alcaldía y cinco personas más entre las que se reparten las distintas concejalías. La secretaría está compartida con Tirapu.
Ayuntamiento de AñorbeActualmente está representado por la corporación municipal, integrada por la alcaldía y cinco personas más entre las que se reparten las distintas concejalías.
Ayuntamiento de AñorbeHasta la promulgación de la Ley Paccionada de 1841, en Navarra la administración local se regía por las leyes de las Cortes de Navarra, y las disposiciones de la Diputación del Reino de Navarra. Por lo que respecta a la administración local, en los arts. 5 al 7 de la citada Ley Paccionada se establecía: los Ayuntamientos se elegirán y organizarán por las reglas generales que rigen o se adopten en lo sucesivo para toda la Nación; las atribuciones de los Ayuntamientos, relativas a la administración económica interior de los fondos, derechos y propiedades de los pueblos, se ejercerán bajo la dependencia de la Diputación provincial, con arreglo a su legislación especial; en todas las demás atribuciones los Ayuntamientos estarán sujetos a la ley general.
La administración de los bienes del ayuntamiento de Navarra venían contando con las denominadas juntas de oncena, de quincena y de veintena, establecidas con carácter general para todos los pueblos de Navarra por la Ley LX de las Cortes de 1817: las juntas de veintena para los pueblos de más de 100 vecinos, las de quincena para los de más de 80 vecinos, y los de oncena para los de más de 50 vecinos; estas juntas debían aprobar la aprobación los actos de disposición de bienes de los Ayuntamientos y los presupuestos anuales.
Tras la promulgación para todo el reino de la Ley de 14 de julio de 1840, Organización y atribuciones de los Ayuntamientos, mandada publicar con algunas modificaciones el 30 de diciembre de 1843, los ayuntamientos se ajustaron a la ley general, pero mantuvieron las juntas de oncena, quincena y veintena, para las cuestiones relacionadas con la administración económica, cuestión que el art. 7 de la Ley Paccionada remitía a la legislación especial de Navarra. Estas juntas, tal como fijó la Diputación por circular de 5 de abril de 1848, estaban formadas por el Ayuntamiento actual, los concejales salientes de la última renovación y los mayores contribuyentes en el número necesario para completar la junta sacados por sorteo entre triple número de los de su clase. Fuente: wikipedia.
Contiene las actas de las sesiones celebradas por la Junta Local de Primera Enseñanza, órgano que asesoraba al ayuntamiento en materia de política educativa local.
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